Registro Único Tributario

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En base a la resolución 4624, publicada en el Boletín Oficial con fecha 31 de octubre de 2019, la AFIP crea el “Registro Único Tributario-Padrón Federal”.

¿Qué es el Registro Único Tributario – RUT?

El Registro Único Tributario busca promover la simplificación de las inscripciones y registros de los contribuyentes del orden tributario nacional y de las administraciones tributarias locales.

Se trata de una base de datos conformada por los contribuyentes alcanzados por los impuestos nacionales, por Ingresos Brutos y también por tributos municipales.

¿Qué datos componen el Registro Único Tributario Argentino?

El registro se conformará de los siguientes datos:

  • Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT)
  • Domicilio real/legal
  • Domicilio fiscal y de locales
  • Domicilio fiscal electrónico
  • Impuestos y/o regímenes fiscales y nacionales
  • Impuesto sobre los Ingresos Brutos: Datos identificatorios e información suministrada por la Comisión Arbitral del Convenio Multilateral y por las administraciones tributarias locales adheridas.

¿Qué contribuyentes se encuentran en este registro?

El Registro Único Tributario estará integrado por los contribuyentes alcanzados por:

  • Impuestos nacionales.
  • Ingresos brutos cuya aplicación se encuentra a cargo de las administraciones tributarias provinciales adheridas y de la Comisión Arbitral del Convenio Multilateral.
  • Tributos municipales que inciden sobre la actividad comercial, industrial y de servicios de las jurisdicciones adheridas.

¿Para qué sirve el Registro Único Tributario?

El nuevo registro permitirá:

  • Consultar y administrar las altas, bajas y modificaciones de los datos.
  • Emitir una constancia de inscripción unificada.

¿Tengo que inscribirme al Registro Único Tributario?

No, si eres un sujeto alcanzado como se indica más arriba, entrarás directamente a este padrón. Es un sistema de información, no requiere realizar el alta.

¿Cómo veo mis datos en el Registro?

A los fines de acceder los sujetos deberán ingresar al servicio “Sistema Registral” con Clave Fiscal con Nivel de Seguridad 3, como mínimo.

Los datos informados en el “Registro” revestirán el carácter de declaración jurada y estarán sujetos a la verificación por parte de esta Administración Federal, de las administraciones tributarias provinciales adheridas y de la Comisión Arbitral del Convenio Multilateral.

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